PODER JUDICIAL ADMITE DEMANDA DE SINDICATO DE TRABAJADORES DE ICADIE S.A.C.
Demora de nueve meses posterga reclamo de 1200 trabajadores
despedidos y retrasa pago de beneficios laborales
de empresa ligada a Diseño y Color S.A.
Diseño y Color (DyC) es una compañía de confecciones de prendas de algodón y estampados. Para este año tienen planeado terminar una nueva planta de estampados, en la que invertirán US$4 millones, con miras a aprovechar el TLC con EE.UU. Además, actualmente tienen una cadena de doce tiendas propias, y la idea es abrir cinco más antes de 2009.
ICADIE SAC es el nombre de Industrias De Confecciones, Artes, Diseños Y Estampados S.A.C., empresa vinculada a DyC, la cual también tiene intereses en Aquarella, y Teco Export..
El Sindicato de Trabajadores ICADIE S.A.C. interpuso en marzo del 2008 una demanda de amparo reclamando la reincorporación de sus afiliados a la empresa Diseño y Color S.A. La demanda en un principio fue observada entre otras cosas porque los Documentos de Identificación (DNI) de algunos trabajadores no eran legibles. Ello vulnera, conforme al razonamiento de la reciente Resolución de la Segunda Sala Civil de Lima, el principio jurídico de Elasticidad, pues privilegia formalidades a derechos fundamentales (1).
Sin embargo, a pesar que las observaciones fueron subsanadas oportunamente, no es sino luego de 9 meses que el Poder Judicial resolvió declarar nula la resolución que rechazó la demanda preliminarmente, encontrándose recién en estos momentos en condiciones de estudiar los temas de fondo de la demanda.
Asimismo, los trabajadores solicitan la inaplicación de los contratos temporales recogidos en el Decreto Ley 22342. Ello en base al informe de inspección del Ministerio de Trabajo del 10 de enero de 2008, el cual advierte que la empresa utiliza ILEGALMENTE la modalidad de contratos a plazo fijo del régimen de Exportaciones No Tradicionales (DL 22342), requiriendo que la empresa comunique a 2894 trabajadores su condición de trabajadores estables con contrato a plazo indeterminado. La empresa no ha cumplido con lo ordenado a la fecha.
El mencionado informe señala que la empresa debe cumplir con el pago de CTS, asignación familiar y gratificaciones adeudadas a sus trabajadores. El sindicato denuncia que la empresa sigue adeudando dichos pagos a varios trabajadores y afiliados que mantienen su vínculo laboral.
El abuso de la empresa y su actitud antisindical tiene como antecedentes una primera ola de despidos a 15 trabajadores entre dirigentes y afiliados, luego de que ésta tomara conocimiento de la fundación del sindicato el 13 de octubre de 2007. Los trabajadores señalan que la empresa a pesar de haber suscrito un acuerdo comprometiéndose a reconocer el sindicato, continuó despidiendo a trabajadores, la mayoría de ellos sindicalizados, bajo el pretexto de la no renovación de contratos.
Actualmente la empresa aduce estar en un proceso de reingeniería producto de la baja de los pedidos internacionales. Raúl Torres Motta, dueño de D y C, explica la reducción de su personal de 6 mil trabajadores a 500: “Lo que hicimos fue no renovarles el contrato (2)”. No obstante no acepta que exista un interés antisindical de por medio, a pesar de que la medida se tomó días después de la formación del sindicato y que la mayoría de los despedidos eran miembros del sindicato.
(1) El Principio de Elasticidad indica que las formalidades deben adecuarse a los fines del proceso en este caso proteger una posible violación de derechos fundamentales y no al contrario, artículo III del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional.
(2) Entrevista a Raúl Torres – Diseño y Color: "No tenía otro camino, así que cerré la fábrica". El Comercio 29.09.08
EC: Ese es un efecto un tanto perverso de los contratos temporales [la no renovación de contratos]; solo los liquidaron por pequeñas temporadas y no por los años que tenían trabajando.
RT: Si hubiéramos botado a todos para contratar trabajadores nuevos, claro que sí. Pero ahora trabajamos con solo 500.
http://www.elcomercio.com.pe/edicionimpresa/Html/2008-09-29/no-tenia-otro-camino-asi-que-cerre-fabrica.html
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Presidente: Saldaña Tovar, José
Plaza Bolivar. Av. Abancay s/n, Lima 1- Perú
Email: jsaldana@congreso.gob.pe
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
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PODER JUDICIAL
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Fax: 444-9168
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