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  Lima, 02 julio 2008  
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LEY MYPE IMPLICA UN SERIO RETROCESO EN MATERIA LABORAL AL REDUCIR LOS DERECHOS LABORALES DE LOS TRABAJADORES PERUANOS

Autor: PLADES

 

La nueva ley de Mype promulgada en el marco de las facultades legislativas otorgadas al Ejecutivo recorta los derechos laborales de miles de trabajadores y trabajadoras de las pequeñas y medianas empresas en el país e iría en contra de los compromisos que el ejecutivo contrajo con los congresistas demócratas de fortalecer la protección de los trabajadores peruanos.

Las facultades fueron otorgadas para adecuar la realidad jurídica peruana a los nuevos compromisos asumidos en el TLC con EE.UU. En materia laboral esos compromisos fueron de fortalecer el respeto a las normas laborales. La norma que se ha dado va en sentido contrario. Bajo el argumento de promoverle acceso, se rebaja estándares laborales a una gran parte de la población.

Desde la reforma laboral implementada en el gobierno de Fujimori, no se veía en el país un ataque tan serio a los derechos laborales de los trabajadores. Esta nueva ley, bajo el supuesto de apoyar la formalidad e incorporar a los trabajadores de las micro y pequeñas empresas a los derechos laborales básicos, lo que hace es reducir el estándar laboral peruano al extender abusivamente el régimen especial laboral que regía para las micro empresas y que como sabemos, no dio los resultados de formalización que se habían esperado.

Estudios y evaluaciones independientes ya han señalado el relativo escaso impacto de la ley de micro empresa para lograr formalizar a los informales. Si la ley no ha dado resultado por que ahora se la extiende? Se busca promover las mypes o simplemente reducir derechos laborales en las medianas empresas que ahora por el cambio en la norma, se llamarán pequeñas y usarán el régimen laboral con menores derechos.

Lo mas grave es que el régimen que no ha dado resultados, deja de ser temporal y se convierte en permanente, sin introducir mecanismos de evaluación para saber si en verdad la reducción de derechos ha logrado formalizar a los informales.

No existe en la legislación comparada de la región regímenes laborales especiales para trabajadores de las micro y pequeñas empresas porque entre otras razones, los costos laborales no son los elementos que explican la informalidad. Por lo tanto, no se justifica recurrir a la rebaja de derechos laborales como mecanismo de promoción de las micro y pequeñas empresas.

El número de trabajadores a los que se reducirá sus expectativas de gozar el íntegro de sus laborales se puede calcular en al menos un millón y medio según información de la Encuesta Nacional de Hogares (un millón de asalariados en pequeñas empresas y otro millón, del cuál calculamos solo el 50% en empresas medianas y grandes).

Nos preocupa especialmente la suerte de los miles de trabajadores que a la fecha laboran en empresas de más de 10 trabajadores y que ya gozaban del íntegro de sus derechos laborales. Solo un pequeño porcentaje de ellos cuentan con contratos indefinidos y por lo tanto se encuentran protegidos del despido encubierto (1% en las empresas de menos de 20 trabajadores 15% en las de menos de 50 y 20% en las de menos de 100). El resto de trabajadores puede ser separado y reemplazado por otro al que se aplicarían las nuevas disposiciones.

Se avecina una gran terminación y no renovación de contratos. Miles de trabajadores serán reemplazados por otros, pero con menores derechos. La ley lo permite, no será ilegal. ¿Alguien lo impedirá?

Señalamos finalmente que la materia de esta norma no se ajusta a las materias delegadas por el poder legislativo al ejecutivo pues no guarda relación alguna con el TLC. Por el contrario, esta norma implica una reducción de los estándares de protección nacionales que da cuenta clara de una estrategia de competencia internacional basada en la reducción del costo de la mano de obra y no en el incremento de la productividad. Denunciamos entonces que el Poder Ejecutivo se ha excedido en sus competencias.

 

   
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